Tal y como nos recuerda la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE), el lenguaje de signos es fruto de la necesidad comunicativa de las personas con discapacidad auditiva. «Son lenguas naturales de carácter visual, espacial, gestual y manual en cuya conformación intervienen factores históricos, culturales, lingüísticos y sociales», nos indica la Ley 27/2007, artículo 4.
Como tal, los signos que componen este lenguaje varía según zonas geográficas. En España, por ejemplo, conviven la lengua de signos española y la catalana, tal y como reconoce la Ley 27/2007 de 23 de octubre por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. La lengua de signos catalana está reconocida a través de la Ley 17/2010 de 3 de junio de la lengua de signos catalana.
Vemos, por lo tanto, que este lenguaje está vivo y que son las personas quienes les hacen crecer y dan forma.